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Actualidad del CES Vasco
martes, 09 marzo 2010
El Consejo Económico y Social Vasco se muestra de acuerdo con el objetivo de la prestación, pero no con algunos aspectos del proyecto de Decreto, que a su entender deben ser revisados y replanteados.
Comparte que se otorgue al empleo un papel central y protagonista en la inserción.
Recomienda realizar un esfuerzo por presentar de un modo más claro el Proyecto de decreto, ya que su actual redacción resulta especialmente complicada.
El Consejo Económico y Social Vasco ha emitido un dictamen sobre el Proyecto de Decreto que ha elaborado el Gobierno Vasco para regular la Renta de Garantía de Ingresos. La nueva norma determina los conceptos de gasto a cuya cobertura se destina dicha prestación, así como los requisitos para su concesión y los procedimientos aplicables en el ámbito de la Comunidad Autónoma Vasca.
El Consejo comparte el objetivo de la prestación que regula el proyecto de Decreto, cuyo fin es garantizar a la ciudadanía unos ingresos mínimos hasta un umbral digno de subsistencia en situaciones de especial necesidad. Éste es el caso de aquellos sujetos perceptores no insertables en el mercado de trabajo. Este grupo engloba aproximadamente a dos tercios de los que tradicionalmente reciben estas ayudas, sobretodo los pensionistas de vejez y las personas sometidas a discapacidades severas, así como aquellas que, por sus graves niveles de exclusión, tienen posibilidades prácticamente nulas de reintegrarse en la sociedad mediante el acceso al mercado de trabajo.
El CES Vasco está de acuerdo con que la Ley de Servicios Sociales y el Decreto que se consulta, otorguen al empleo un papel central y protagonista, reconociéndole su capacidad como mecanismo de protección frente a la pobreza y como herramienta privilegiada para la integración social. No obstante, hay que valorar, a la hora de desarrollar la aplicación del Decreto, la interrelación con el mercado laboral en el caso de que se aproximen la cuantía de las ayudas y las retribuciones de algunos sectores laborales.
El Consejo duda de que un Convenio de Inclusión y la supervisión de las ayudas por parte del futuro Servicio Vasco de Empleo-LANBIDE sean capaces de corregir los efectos sobre el mercado de trabajo, especialmente por la redacción imprecisa del apartado en el que se habla de estos convenios y de la coordinación entre los servicios sociales de base y LANBIDE.
 
“Gravemente restrictiva”
El dictamen califica de “gravemente restrictiva” la denegación del acceso a la Renta de Garantía de Ingresos en los supuestos de participación en la propiedad de una vivienda, incluso en aquellos casos en que no se puede disfrutar de la misma. “Este punto puede abarcar, por ejemplo, a personas que han experimentado un proceso de separación matrimonial y que son titulares parciales de la vivienda de su ex-cónyuge o que perciben una pequeña herencia, de la que no pueden disfrutar”, advierte el Consejo.
También critica el requisito exigido en el decreto para poder acceder a la Renta de Garantía de Ingresos de no disponer de ningún bien inmueble, a excepción de la vivienda habitual, cuyo valor catastral puede determinar la autorización o denegación de la prestación. El CES recuerda que la aplicación de este criterio varía en función de la ubicación de la vivienda, ya que el valor de una residencia similar difiere según esté en una u otra localidad de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
 
En relación a aspectos concretos, el Consejo pide que se aclare si pueden acceder a las ayudas las personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo y Centros Ocupacionales; quienes conviven con sus padres, así como los hijos que estuviesen bajo la custodia de una víctima de maltrato doméstico.
 
Revisiones periódicas
El órgano consultivo propone que se realicen revisiones periódicas extraordinarias cuando la permanencia en la prestación resulte excesivamente larga; cuando existan sospechas fundadas acerca del cumplimiento real y efectivo de alguno de los requisitos de acceso a la prestación, y cuando se trate de casos de alta exclusión considerados susceptibles de beneficiarse de la renovación automática de la prestación.
Finalmente el CES recomienda una redacción más clara del decreto, dada la complejidad de la materia que regula, de modo que evite inseguridades jurídicas y solicita que se acorten los plazos a cinco días, frente a los veinte actuales, para situaciones de urgencia que afecten especialmente a terceras personas miembros de la unidad de convivencia.