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Actualidad del CES Vasco
viernes, 02 octubre 2015

  • El CES considera adecuada la tramitación del “Anteproyecto de Ley de Turismo del País Vasco”, con las observaciones que efectúa en su dictamen. Este anteproyecto sustituye a la Ley de Ordenación del Turismo, que fue promulgada en 1994. 
  • El turismo representa el 5,8% del PIB de Euskadi. El CES valora como “positiva, oportuna y necesaria” una ley de estas características que, en el anteproyecto estudiado, considera reglamentista en exceso. El dictamen incluye un listado de propuestas de mejora en su capítulo de consideraciones específicas.


El Consejo Económico y Social considera adecuada la tramitación del “Anteproyecto de Ley de Turismo del País Vasco”, con las observaciones que efectúa en su dictamen. Este anteproyecto sustituye a la actual Ley de Ordenación del Turismo -Ley 6/1994, de 16 de marzo; pionera en su tiempo y promulgada en 1994-, con una nueva regulación, adaptada a la realidad turística actual. 

El panorama turístico ha experimentado grandes cambios en las dos décadas que separan ambos textos legislativos. El País Vasco apreció un gran despegue en este ámbito en 1997, gracias al efecto tractor del museo Guggenheim. El año pasado se produjo un récord histórico, con más de 2,5 millones de visitantes, tres veces más que en 1994. El  turismo representa actualmente el 5,8% del PIB de Euskadi, frente al 3,3% de hace una década. 

El turismo se ha perfilado en estos años como una actividad de servicios con gran potencial económico y en expansión. Más allá del incremento de las ambiciones y de las dimensiones del sector, han surgido nuevas maneras de desenvolvimiento del turismo, de forma que el turismo que hoy se practica -y el modo en que se practica- tiene poco que ver con el de hace solo unos años. Es por ello, por lo que el CES valora positivamente y considera “oportuna y necesaria” la iniciativa de plantear una nueva ley que regule íntegramente el sector con una regulación adaptada a la realidad turística actual. También considera oportuno cómo se han integrado los intereses contrapuestos que conviven en el sector en los procesos de diálogo previos y valora positivamente su resultado. Asimismo, el CES aprecia la incorporación del desarrollo sostenible a los principios rectores de la política de turismo vasca. La inclusión de este último extremo satisface especialmente al Consejo, que recuerda que ya recomendó que se hiciese así en 2008, con ocasión de una consulta sobre una modificación legislativa al respecto. 

Exhaustividad regulatoria 

En su análisis, el CES respalda la incorporación a la legislación de las viviendas para uso turístico y la regulación de las nuevas modalidades de alojamiento, “para evitar así situaciones de competencia desleal”, y pide que se precisen los medios financieros y humanos para velar por el cumplimiento del régimen legal y sancionador instaurado por la nueva ley. 

Con todo, el órgano consultivo realiza una serie de puntualizaciones en aras a mejorar un texto que, en su opinión, resulta “reglamentista, con lo que ello supone de petrificación y pérdida de flexibilidad para acometer futuras y necesarias adaptaciones a la realidad cambiante del sector”. El CES cree que, “sobre una buena base legal, los reglamentos permitirían acometer esas adaptaciones, que no podrán efectuar si los contenidos están ya incluidos en la ley”. 

Frente a ese “afán de exhaustividad regulatoria” de la norma en general, el CES señala la contradicción que supone la ausencia total de regulación en lo que respecta a la coordinación entre las administraciones públicas vascas competentes en turismo, ya que “remite esta tarea “…a cualquier fórmula prevista en la legislación vigente”; lo que significa renunciar a diseñar desde la ley sectorial un marco de coordinación propio y específico”. 

Consideraciones específicas 

El análisis del CES incluye un listado de consideraciones específicas sobre aspectos concretos del anteproyecto. Entre ellas, la inclusión del respeto a la normativa de evaluación ambiental y otras observaciones, sobre los derechos y deberes de las personas usuarias; sobre la consideración de “local público” -en especial, en el caso de los agroturismos y las pensiones- o sobre la necesidad de limitar la discrecionalidad en el régimen de dispensa. Además, propone la creación de la modalidad de “alquiler mixto” para que los agroturismos puedan ejercer su actividad tanto en la modalidad de “alquiler por habitaciones” como de “casa entera”. 

Entre las recomendaciones que realiza también figura la necesidad de que la ley enumere totalmente, y no parcialmente, los requisitos establecidos para la instalación de las Agencias de Viajes y propone que se defina la figura del  Guía de Turismo -regulada por primera vez en este anteproyecto de ley-, así como una mayor concreción sobre las situaciones sujetas a autorización para la Acampada Libre o la necesidad de limitar la discrecionalidad administrativa en la imposición de multas en los casos de infracciones leves.


Dictamen del CES sobre el Anteproyecto de Ley de Turismo del País Vasco