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Notas de Prensa
lunes, 06 noviembre 2017
  • El CES considera adecuada la tramitación del proyecto que regula el régimen de Autorización sanitaria y crea el Registro de establecimientos alimentarios de la CAPV, aunque considera excesivo el plazo de 6 meses que la Administración establece para la obtención de la autorización sanitaria de funcionamiento cuando es preceptiva.

El CES vasco considera adecuada la tramitación del “Proyecto de Decreto que regula el régimen de Autorización sanitaria y comunicación de empresas y establecimientos alimentarios y crea el Registro de Establecimientos Alimentarios de la Comunidad Autónoma de Euskadi”, con las consideraciones que este órgano consultivo ha efectuado. El proyecto ha sido remitido por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco.

El objetivo de la norma es proteger la salud pública, mediante el control de las actividades y establecimientos alimentarios. Para ello, regula el procedimiento de la autorización sanitaria, la comunicación previa de inicio de actividad y la modificación de datos, al tiempo que crea el Registro Autonómico de Empresas y Establecimientos Alimentarios, de carácter público y único para toda la comunidad autónoma.

El Consejo Económico y Social vasco valora positivamente el proyecto analizado, que se adapta a la normativa estatal y comunitaria y sustituye a la actual norma vigente en este ámbito (Decreto 223/1996, de 17 de septiembre). No obstante, realiza algunas observaciones acerca del procedimiento de obtención de la autorización sanitaria de funcionamiento en los casos en que esta es preceptiva.

Plazo excesivo

Así, al CES le “sorprende enormemente el plazo que la Administración se concede a sí misma para resolver la solicitud de la autorización sanitaria previa”: un plazo de seis meses, previendo, además, el silencio administrativo negativo ante la falta de resolución expresa transcurrido este plazo.

El Consejo entiende que determinadas actividades no deban iniciarse sin pasar una inspección sanitaria, pero “considera que no es razonable, y atenta frontalmente al dinamismo empresarial (y al propio espíritu de la regulación comunitaria), que haya que esperar seis meses para superar ese trámite y que, además, si la Administración no contesta en ese amplio plazo, sea el particular quien se vea abocado a iniciar la tramitación judicial de su reclamación, para ejercer su derecho”.

En su dictamen, el CES vasco aboga por una reducción sustancial de ese plazo máximo y recuerda que para avanzar en la creación de empresas se deben eliminar y acortar todos los trámites administrativos que sea posible.