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Notas de Prensa
jueves, 18 julio 2019
  • El CES valora positivamente la propuesta y apunta algunos aspectos para que sean tenidos en consideración. La modificación establece, entre otros objetivos, un Plan de Igualdad en las entidades de diez o más personas, una serie cambios en determinados requisitos y la incorporación de dos nuevos agentes a la red.
  • La constitución durante estos años de diversas entidades que se quieren integrar en la Red lleva al CES a preguntarse sobre “si tal proliferación es realmente necesaria, si existe coordinación o duplicidades, lo que tiene su importancia en la medida en que se modifica el importe de financiación privada exigible”.

El Consejo Económico y Social vasco considera adecuada la tramitación del proyecto normativo que supone la tercera modificación del decreto que regula y actualiza la composición de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación (decreto 109/2015, de 23 de junio), con las consideraciones que éste órgano consultivo ha efectuado. El texto ha sido remitido por el Departamento de Desarrollo económico e Infraestructuras del Gobierno Vasco.

Esta nueva modificación introduce, entre otros objetivos, la necesidad de contar con un Plan de Igualdad de Mujeres y Hombres cuando la entidad cuente con una plantilla de diez o más personas, así como una serie cambios en determinados requisitos, definiciones y denominaciones y la incorporación de dos nuevos agentes en la categoría de agentes singulares (Fundación Vasca de Innovación e Investigación Sanitaria, BIOEF y Consorcio Científico Tecnológico Vasco – Basque Research and Technology Alliance, BRTA).

El CES valora positivamente las modificaciones propuestas, “dado que se propone regular de forma correcta, uniforme (similar terminología) y ajustada a la realidad de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación”. No obstante, apunta algunos aspectos para que sean tenidos en consideración.

Proliferación de centros

El CES entiende que los cambios obedecen al incumplimiento de determinados requisitos recogidos en la regulación inicial y a la constitución durante estos años de diversas entidades que se quieren integrar en la red. En este sentido se pregunta sobre “si tal proliferación es realmente necesaria, si existe coordinación o duplicidades, lo que tiene su importancia en la medida en que se modifica el importe de financiación privada exigible”.

El dictamen también pide que se clarifiquen los fundamentos en los que se basan los límites y porcentajes de financiación (pública y privada), así como la posibilidad de la explotación comercial de los resultados de la I+D+i en el caso de los centros de investigación sanitarios. Y en relación con la anteriormente mencionada exigencia de establecer un Plan de Igualdad para entidades con una plantilla igual o superior a diez personas, el Consejo propone establecer “plazos progresivos para acometer su implementación en las mejores condiciones, dado el carácter pionero de la iniciativa”.