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DICTAMEN 5/24 DE 5 DE MARZO SOBRE EL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA AYUDA ECONÓMICA PARA LOS HIJOS E HIJAS HUÉRFANAS DE VÍCTIMAS MORTALES DE LA VIOLENCIA MACHISTA CONTRA LAS MUJERES

El 13 de febrero de 2024 tuvo entrada en el Consejo Económico y Social Vasco escrito del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, solicitando informe sobre el “Proyecto de Decreto por el que se regula la ayuda económica para los hijos e hijas huérfanas de víctimas mortales de la violencia machista contra las mujeres”, según lo establecido en el artículo 3.1 de la Ley 8/2012, de 17 de mayo, del Consejo Económico y Social Vasco.

La norma tiene por objeto la regulación de la ayuda económica para las hijas e hijos huérfanos de víctimas mortales de la violencia machista contra las mujeres, prevista en el artículo 61.4 b) del texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, determinando los requisitos y condiciones, así como el procedimiento aplicable para su concesión.

De manera inmediata fue enviada copia del documento a todos los miembros del Pleno del Consejo a fin de que remitieran sus propuestas y opiniones y dar traslado de estas a la Comisión de Trabajo pertinente, según lo establecido en el Reglamento de Funcionamiento del Consejo Económico y Social Vasco. El día 29 de febrero 2024 se reúne la Comisión de Desarrollo Social y, a partir de los acuerdos adoptados, se formula el presente Proyecto de Dictamen para su elevación al Pleno del Consejo de 5 de marzo donde se aprueba por unanimidad.


(Ver dictamen 5/24 completo)