DICTAMEN
2/22 DE 25 DE ENERO RELATIVO AL PROYECTO DE DECRETO DE SEGUNDA
MODIFICACIÓN DEL DECRETO DE AGENCIAS DE VIAJES
El
día 11 de enero de 2022 tuvo entrada en el Consejo Económico
y Social Vasco escrito del Departamento de Turismo, Comercio y
Consumo, solicitando informe sobre el Proyecto de Decreto de segunda
modificación del Decreto de agencias de viajes, según
lo establecido en el artículo 3.1.b) de la Ley 8/2012, de 17
de mayo del Consejo Económico y Social Vasco. El Departamento
solicita que el informe sea tramitado por la vía de urgencia.
Se
trata de un Proyecto de Decreto elaborado por el Departamento de
Turismo, Comercio y Consumo, que, en el ejercicio de la competencia
exclusiva en materia de turismo que el artículo 10.36 del
Estatuto de Autonomía del País Vasco confiere a la
CAPV, se dirige a adaptar la legislación vasca en materia de
agencias de viaje a los cambios suscitados en el ámbito de las
garantías frente a la insolvencia por la normativa
comunitaria, por, concretamente, la
Directiva (UE) 2015/2302 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25
de noviembre de 2015, relativa a los viajes combinados y a los
servicios de viaje vinculados,
y la legislación estatal básica que la incorpora al
orden interno, completando la misma en los aspectos que
competencialmente corresponde dictar a la CAPV.
El
día 12 de enero se dio traslado del Proyecto de Decreto
a todos los miembros del Pleno del Consejo a fin de que remitieran
sus propuestas y opiniones, dándose traslado de todas ellas a
la Comisión de Trabajo pertinente, la Comisión de
Desarrollo Económico, según lo establecido en el
Reglamento de Funcionamiento del Consejo Económico y Social
Vasco. La Comisión de Desarrollo Económico se reunió
en sesión de trabajo el día 20 de enero de 2022 para
debatir una propuesta de Anteproyecto de Dictamen y acordó
emitir
Proyecto de Dictamen, que se elevó al Pleno del CES Vasco
reunido el día 25 de enero de 2022 donde se aprueba por
unanimidad.
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