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Notas de Prensa
martes, 23 diciembre 2025
  • De forma general el Consejo apuesta por el desarrollo y fomento de una política pública e integral de los cuidados

El pleno del 19 de diciembre del Consejo Económico y Social Vasco ha aprobado sendos dictámenes sobre dos proyectos de decreto del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico del Gobierno Vasco, en torno a las ayudas económicas a las familias con hijas e hijos y sobre las ayudas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Así, el CES ha emitido un informe sobre el “Proyecto de Decreto de ayudas a las familias con hijos o hijas”, que tiene por objeto la regulación de las ayudas económicas previstas en el artículo 10 de la Ley 13/2008, de 12 de diciembre, de Apoyo a las Familias. En su respuesta, el Consejo considera adecuada la tramitación de la norma, con las consideraciones efectuadas en el dictamen, para su modificación.

El Consejo formula unas consideraciones previas en las que, dada la preocupación por la baja tasa de natalidad, insiste en la necesidad de dejar de poner el foco en ayudas individuales para apostar por un modelo de políticas que atiendan a las necesidades reales como son las de la vivienda o las de los cuidados, y entendiendo que el enfoque de la política de familia tiene que avanzar hacia un abordaje más integral. El Consejo apuesta por el desarrollo y fomento de una política pública e integral de los cuidados, cuestión que, a su juicio, no se garantiza con medidas monetarias.

De manera general, el CES propone cambiar el enfoque pasando de la “ayuda a la natalidad” a la “garantía de derechos de la infancia”, ya que el enfoque de la norma está más orientado a la protección económica de la infancia, que a medidas universales de apoyo a la maternidad/paternidad o a los costes de crianza, en línea con la Estrategia de Garantía Infantil de Euskadi 2023.

En otro ámbito, dado que la legislación estatal prohíbe la gestación por sustitución, el CES estima necesario eliminar del articulado tanto la definición específica de gestación por sustitución recogida en el art 3.10 como el artículo 17. (Solicitudes de ayuda para los supuestos de gestación por sustitución); y ceñirse a un criterio más simple y plenamente compatible con nuestro ordenamiento jurídico: reconocer el derecho a las ayudas en función de la filiación válidamente inscrita en el Registro Civil.

Dado que estas ayudas se configuran como un derecho subjetivo, el CES estima fundamental garantizar los recursos necesarios mediante ampliaciones de crédito. El Consejo además considera necesario incorporar la perspectiva de género en el decreto siendo preciso articular medidas para que la crianza no tenga un impacto negativo en la maternidad y la desigualdad de género, cuestión que va mucho más allá de la prevención de la pobreza infantil o de las ayudas económicas universales.

Finalmente, entre otras cuestiones, el Consejo estima que sería conveniente prever una vía excepcional de acreditación alternativa que permita no dejar desprotegidas familias migrantes recién llegadas, familias en situación de sinhogarismo o alta movilidad residencial, ruptura familiar por desahucio, mujeres víctimas de violencia de género que se encuentran en situación administrativa irregular, y pueden dificultar el cumplimiento estricto del requisito de empadronamiento.

Ayudas a la conciliación

Por otro lado, el CES ha emitido un informe sobre el “Proyecto de Decreto por el que se regulan las ayudas para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral”, que tiene por objeto regular las ayudas que otorgará el Gobierno Vasco, a través del departamento competente en materia de infancia, adolescencia y familias. En su respuesta, el Consejo considera adecuada la tramitación de la norma, con las consideraciones efectuadas en el dictamen, para su modificación.

En línea con lo dictaminado en ocasiones precedentes, el Consejo insiste de manera general en la necesidad de consolidar una oferta suficientemente amplia de servicios y equipamientos que permitan a las familias tener la descendencia que desean y conciliar adecuadamente los distintos ámbitos de su vida y reiteran en avanzar hacia un foque más integral de la política de familia. Ante esta situación, el CES vasco reivindica el reconocimiento social y económico de la gestión del cuidado para garantizar la conciliación de la vida laboral, personal y familiar. 

Adicionalmente el CES lleva a cabo otras consideraciones generales. En primer lugar, el Consejo considera que la aprobación del proyecto de Decreto en sus términos actuales, si bien recoge medidas interesantes y necesarias, podría limitar su contribución a la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el ámbito de la conciliación, resultando aconsejable la incorporación de medidas adicionales para garantizar la plena adecuación del Decreto al marco normativo vigente en materia de igualdad y corresponsabilidad. 

 

Respecto a las ayudas para sufragar la contratación de personas cuidadoras de hijos e hijas menores de 14 años, a la vista del limitado impacto de esta línea de ayudas en comparación con las otras (son la opción del 5,8 % de las familias que se acogen a las ayudas para la conciliación recogidas en este Decreto), se plantea la necesidad de que el Gobierno explore nuevas vías y recursos para responder a los problemas de las familias para conciliar las tareas de cuidado de hijos e hijas y la actividad laboral. Para ello, sería muy conveniente contar con un diagnóstico sobre el conjunto de familias beneficiarias y las razones para acceder a unas u otras medidas. 

 

Finalmente, como tercera recomendación el CES plantea propuestas de mejora para atender situaciones específicas de cuidado. Por un lado, se plantea el concepto de cuidado más allá del ámbito familiar tradicional mediante la introducción del “vinculograma”, que permitiría reconocer vínculos personales relevantes y repartir de forma más equitativa las tareas de cuidado, que recaen casi exclusivamente en las mujeres. Por otro, se aboga por una protección reforzada para familias con mayores cargas, como las numerosas o aquellas con personas con discapacidad, proponiendo medidas como excedencias remuneradas ampliadas y herramientas de conciliación más flexibles y equitativas.

A la luz de estas recomendaciones el CES lleva a cabo unas consideraciones específicas con propuestas para modificar el articulado del Decreto.

(Ver dictámenes)