DICTAMEN
3/26 DE 19 DE MAYO, SOBRE
EL PROYECTO DE DECRETO ACTIVIDADES
DE OCIO EDUCATIVO Y TIEMPO LIBRE
El 6 de mayo de
2026 tuvo entrada en el Consejo Económico y Social Vasco
escrito del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico
solicitando informe, por trámite de urgencia, sobre el
“Proyecto de Decreto de
actividades de ocio educativo y tiempo libre”,
según lo establecido en el artículo 3.1 de la Ley
8/2012, de 17 de mayo, del Consejo Económico y Social Vasco.
La norma que se nos
consulta tiene por objeto, según se expone en su artículo
1, regular la organización y el desarrollo de las actividades
infantiles y juveniles de ocio educativo y de educación en el
tiempo libre que se realicen en el territorio de la Comunidad
Autónoma de Euskadi. Estas actividades podrán tener,
entre otras, las modalidades siguientes:
Acampada.
Acampada
itinerante, marcha volante o ruta.
Campo de
voluntariado.
Colonia.
Colonia abierta.
De manera inmediata
fue enviada copia del documento a todos los miembros del Pleno del
Consejo a fin de que remitieran sus propuestas y opiniones y dar
traslado de estas a la Comisión de Trabajo pertinente, según
lo establecido en el Reglamento de Funcionamiento del Consejo
Económico y Social Vasco.
La
Comisión de Desarrollo Social se reúne el día 14
de mayo de 2026 y, a partir de los acuerdos adoptados, se formula el
presente Proyecto de Dictamen para su elevación al Pleno del
Consejo donde se aprueba por mayoría.
(Ver
Dictamen 3/26 completo)