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DICTAMEN 6/22, DE 8 DE ABRIL, SOBRE EL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LA AUTORIZACIÓN Y EL REGISTRO DE INTERMEDIARIOS DE CRÉDITO INMOBILIARIO Y DE PRESTAMISTAS INMOBILIARIOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI, Y LAS FUNCIONES DE SUPERVISIÓN Y SANCIÓN A LOS MISMOS.

El 23 de marzo de 2022 tuvo entrada en el Consejo Económico y Social Vasco escrito del Departamento de Economía y Hacienda, solicitando informe sobre el Proyecto de Decreto por el que se regulan la autorización y el registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y de Prestamistas Inmobiliarios de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y las funciones de supervisión y sanción a los mismos, según lo establecido en el artículo 3.1 de la Ley 8/2012, de 17 de mayo, del Consejo Económico y Social Vasco.

El objeto de esta norma es la creación y regulación del Registro administrativo de intermediarios de crédito inmobiliario y del Registro de prestamistas inmobiliarios de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como la regulación de las competencias de ejecución en materia de supervisión, seguimiento de la actividad, inspección y sanción de los intermediarios de crédito inmobiliario y de los prestamistas inmobiliarios de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

De manera inmediata fue enviada copia del documento a todos los miembros del Pleno del Consejo a fin de que remitieran sus propuestas y opiniones y dar traslado de estas a la Comisión de Trabajo pertinente, según lo establecido en el Reglamento de Funcionamiento del Consejo Económico y Social Vasco. El 5 de abril de 2022 se reúne la Comisión de Desarrollo Económico y, a partir de los acuerdos adoptados, se formula el presente Proyecto de Dictamen para su elevación al Pleno del Consejo de 8 de abril donde se aprueba por unanimidad.


(Ver Dictamen 6/22 completo)