DICTAMEN
16/25 DE 22 DE DICIEMBRE, SOBRE
EL PROYECTO DE DECRETO POR
EL QUE SE REGULAN LOS ACUERDOS ABIERTOS ENTRE LANBIDE-SERVICIO
PÚBLICO VASCO DE EMPLEO Y AGENCIAS DE COLOCACIÓN PARA
LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE INTERMEDIACIÓN Y
COLOCACIÓN
El
2 de diciembre de 2025 tuvo entrada en el Consejo Económico y
Social Vasco escrito del Departamento de Economía, Trabajo y
Empleo solicitando informe sobre el “Proyecto
de Decreto por el que se regulan los acuerdos abiertos entre
LANBIDE-Servicio Público Vasco de Empleo y agencias de
colocación para la prestación del servicio de
intermediación y colocación”,
según lo establecido en el artículo 3.1 de la Ley
8/2012, de 17 de mayo, del Consejo Económico y Social Vasco.
La norma que se nos
consulta tiene por objeto, según se expone en su artículo
1, la regulación del régimen jurídico de los
acuerdos abiertos a celebrar entre Lanbide-Servicio Público
Vasco de Empleo y agencias de colocación para articular la
colaboración en la prestación del servicio de
intermediación y colocación en la Comunidad Autónoma
de Euskadi. Los acuerdos abiertos regulados en este Decreto son
instrumentos organizativos de naturaleza no contractual sujetos a lo
dispuesto en el artículo 57 de la Ley 15/2023, de 21 de
diciembre, de Empleo.
De manera inmediata
fue enviada copia del documento a todos los miembros del Pleno del
Consejo a fin de que remitieran sus propuestas y opiniones y dar
traslado de estas a la Comisión de Trabajo pertinente, según
lo establecido en el Reglamento de Funcionamiento del Consejo
Económico y Social Vasco.
El
18 de diciembre de 2025 se reúne la Comisión de
Desarrollo Social
y, a
partir de los acuerdos adoptados, se formula el presente Proyecto de
Dictamen para su elevación al Pleno del Consejo donde se
aprueba por mayoría con los votos particulares de CCOO, LAB y
UGT.
(Ver
Dictamen 16/25 completo)