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DICTAMEN 16/25 DE 22 DE DICIEMBRE, SOBRE EL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LOS ACUERDOS ABIERTOS ENTRE LANBIDE-SERVICIO PÚBLICO VASCO DE EMPLEO Y AGENCIAS DE COLOCACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE INTERMEDIACIÓN Y COLOCACIÓN

El 2 de diciembre de 2025 tuvo entrada en el Consejo Económico y Social Vasco escrito del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo solicitando informe sobre el “Proyecto de Decreto por el que se regulan los acuerdos abiertos entre LANBIDE-Servicio Público Vasco de Empleo y agencias de colocación para la prestación del servicio de intermediación y colocación”, según lo establecido en el artículo 3.1 de la Ley 8/2012, de 17 de mayo, del Consejo Económico y Social Vasco.

La norma que se nos consulta tiene por objeto, según se expone en su artículo 1, la regulación del régimen jurídico de los acuerdos abiertos a celebrar entre Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo y agencias de colocación para articular la colaboración en la prestación del servicio de intermediación y colocación en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Los acuerdos abiertos regulados en este Decreto son instrumentos organizativos de naturaleza no contractual sujetos a lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 15/2023, de 21 de diciembre, de Empleo.

De manera inmediata fue enviada copia del documento a todos los miembros del Pleno del Consejo a fin de que remitieran sus propuestas y opiniones y dar traslado de estas a la Comisión de Trabajo pertinente, según lo establecido en el Reglamento de Funcionamiento del Consejo Económico y Social Vasco.

El 18 de diciembre de 2025 se reúne la Comisión de Desarrollo Social y, a partir de los acuerdos adoptados, se formula el presente Proyecto de Dictamen para su elevación al Pleno del Consejo donde se aprueba por mayoría con los votos particulares de CCOO, LAB y UGT.

(Ver Dictamen 16/25 completo)