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Notas de Prensa
viernes, 03 agosto 2018
  • El CES se pronunció en 2015 sobre otro anteproyecto similar, cuya tramitación parlamentaria fue truncada por la convocatoria de elecciones. Dado que el anteproyecto actual no altera en esencia el texto de 2015, el CES retoma las consideraciones expresadas en la respuesta anterior como punto de partida en el dictamen presente.
  • En materia de negociación colectiva, el CES defiende la constitución efectiva de la Mesa Marco de Negociación de las Administraciones Públicas y aprovechar los servicios del Consejo de Relaciones Laborales para la solución extrajudicial de conflictos colectivos. También recomienda reservar los puestos de dirección pública profesional a personal de la propia administración.
  • El Consejo expresa su preocupación por los elevados niveles de temporalidad en la administración y reitera sus cautelas sobre las consecuencias en la carrera profesional de las personas que, por razones ajenas a su voluntad, no acrediten el perfil lingüístico establecido para su puesto de trabajo.
  • Por último, pide que se recupere la disposición adicional del anteproyecto dedicada a Planes de Igualdad y que ha sido suprimida en el texto actual.

El CES Vasco considera adecuada la tramitación del “Anteproyecto de Ley de Empleo Público”, con las observaciones que este órgano consultivo ha efectuado en el dictamen. El proyecto ha sido remitido por el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno del Gobierno Vasco.

El anteproyecto dictaminado,“extenso y complejo”, pretende ordenar, definir el régimen jurídico y regular los instrumentos de gestión del empleo público vasco; es decir, el conjunto de puestos de trabajo de todas las administraciones públicas vascas. La regulación actual fue aprobada hace casi tres décadas (Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca) y, desde entonces, se han producido cambios normativos que permiten introducir elementos innovadores en el sistema público de empleo vasco y configurar así una nueva regulación mejor adaptada a los nuevos retos, por lo que el CES entiende “muy necesaria la elaboración de un nuevo proyecto legislativo de empleo público”.

En el dictamen, el CES recuerda que el texto analizado no es el primero de esta naturaleza que se somete a su consideración. El Consejo ya se pronunció en 2015 sobre otro anteproyecto similar, cuya tramitación parlamentaria se truncó al año siguiente por la convocatoria de elecciones. Dado que el anteproyecto actual no altera en esencia el texto de 2015, el CES retoma las consideraciones expresadas en la respuesta anterior como referente de partida para el dictamen presente.

Negociación colectiva y puestos directivos profesionales

Así, por ejemplo, el CES entiende que la Mesa Marco de Negociación de las Administraciones Públicas debería constituirse de manera efectiva, sin ser planteada como una posibilidad, como recoge el anteproyecto. En este sentido, el Consejo estima que los órganos de negociación colectiva permitirían avanzar hacia una homogeneización de las condiciones de trabajo del personal de las diferentes administraciones públicas y superar las diferencias comparativas existentes hoy en día.

Por otra parte, el anteproyecto gubernamental contempla la posibilidad de crear un órgano de mediación y arbitraje para la solución extrajudicial de conflictos colectivos. En lugar de ello, el CES propone aprovechar los servicios que ofrece el Consejo de Relaciones Laborales (Servicio Preco), “sin necesidad de crear órgano adicional alguno y haciendo así un uso más eficiente de los recursos existentes”.

El dictamen también reitera otra consideración formulada hace tres años, por la que recomendaba reservar los puestos de trabajo de naturaleza directiva profesional a personal de la propia administración, estableciendo como excepción la contratación de personal ajeno. En este apartado, el CES valora positivamente que el anteproyecto actual establezca un periodo no inferior a cinco años para desempeñar el puesto directivo profesional, de modo que éste quede desvinculado de las designaciones políticas de cada legislatura, tal y como había recomendado el Consejo.

Empleo temporal y Perfiles lingüísticos

Otra de las observaciones remitidas en 2015 y sobre la que se insiste de nuevo se refiere a la consolidación del empleo temporal, una cuestión que preocupa al Consejo por los elevados niveles de temporalidad, que entiende como “una anomalía difícilmente justificable”.

En cuanto a los perfiles lingüísticos y planes de normalización del uso del euskera en los procesos selectivos y de provisión, el dictamen repite las cautelas manifestadas en 2015. En ellas, se refiere a las consecuencias en la carrera profesional de las personas que, por razones ajenas a su voluntad, no acrediten el perfil lingüístico establecido para su puesto de trabajo, así como la consideración de la edad como motivo objetivamente apreciable de exención en el cumplimiento de la preceptividad del perfil lingüístico asignado. “El objetivo -indica el CES-, es no bloquear las posibilidades de promoción interna a través de la movilidad y la participación en concursos de traslados”.

Por último, al CES le sorprende que el anteproyecto actual haya suprimido la disposición adicional dedicada a Planes de Igualdad y considera “imprescindible recuperarla para formalizar así el compromiso con líneas de intervención y directrices concretas que orienten la actividad de las administraciones públicas en materia de igualdad entre mujeres y hombres”.