Comunicación > Notas de prensa
Notas de Prensa
martes, 31 octubre 2023

El Consejo concuerda con el objetivo de garantizar una adecuada protección de los derechos de las personas consumidoras y usuarias, y de los elementos del patrimonio cultural y demás recursos turísticos de Euskadi.

El Consejo Económico y Social Vasco ha emitido un informe relativo al “Proyecto de Decreto de la actividad de guía de turismo en Euskadi”, elaborado por el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo. En su respuesta, el Consejo considera adecuada su tramitación, con las consideraciones efectuadas en el dictamen.

El CES Vasco valora positivamente la iniciativa, que tiene por objeto la regulación de la actividad de guía de turismo en los términos previstos en el artículo 64.1 de la Ley 13/2016, de 28 de julio, de Turismo. Esta Ley determina que la actividad de guía de turismo es de libre prestación en las vías o espacios públicos de libre circulación, con excepción del interior de los elementos catalogados como bienes pertenecientes a alguna de las categorías en las que se integra el patrimonio cultural del País Vasco.

El Consejo Económico y Social Vasco coincide con el espíritu de esta norma, que se sustenta en que la calidad de la prestación de los servicios de guías de turismo influye de manera directa en la imagen y el grado de satisfacción que los visitantes se llevan de un destino, por lo que es necesario contar con profesionales especializados, con una buena formación y conocimientos precisos y actualizados.

El CES Vasco valora positivamente también la diferenciación que la norma hace en la regulación de aspectos fundamentales, en función del lugar de la prestación del servicio, así como la creación de una acreditación oficial para identificar de forma personal a las y los guías habilitados. En este sentido, considera que la certificación de conocimientos y capacidades que se exigirá para ejercer la actividad en los interiores de elementos del patrimonio cultural redundará en una mayor calidad del servicio prestado.

Por otra parte, se valora de forma positiva la inclusión del silencio positivo en los distintos procedimientos habilitadores que se regulan.

(Últimos dictamenes)