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Notas de Prensa
jueves, 02 mayo 2024

El Consejo estima que la norma es positiva y pertinente, y considera adecuada su tramitación con las consideraciones que ha efectuado.

El Consejo Económico y Social Vasco ha emitido un informe sobre el “Proyecto de Decreto por el que se regula los criterios de bienestar animal para la participación de animales domésticos y silvestres en cautividad en espectáculos públicos que tengan lugar en la CAPV”, trasladado por el Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medioambiente. Tras analizarlo el Consejo considera adecuada su tramitación, con las consideraciones efectuadas en el dictamen.

El objeto de esta norma es regular los criterios veterinarios y de bienestar animal en base a los que debe otorgarse la autorización de los órganos forales recogida en la Ley 9/2022 de Protección de animales domésticos y en el Decreto 17/2019, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 10/2015 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. El objetivo es garantizar las condiciones de protección y bienestar de los animales que participen en los espectáculos y actividades recreativas.

Asimismo, la Ley 2/2023, de 30 de marzo, de la actividad física y del deporte del País Vasco incluye expresamente la protección de la salud y el bienestar animal en aquellas actividades deportivas donde intervengan animales, así como la obligación de presencia de personal profesional veterinario en las competiciones en las que participen animales.

En la medida que el objetivo del Proyecto de Decreto que se nos presenta es regular los criterios veterinarios y de bienestar animal en base a los que debe otorgarse la autorización de los órganos forales, el Consejo considera positiva y pertinente su aprobación, aunque introduce algunas consideraciones específicas como propuestas de mejora del texto analizado.

Por un lado, sugerimos definir con mayor precisión los casos en los que los espectáculos y actividades recreativas puedan ser circenses y/o itinerantes. También pensamos que sería adecuado valorar la posibilidad de incluir un Anexo con un formulario que permita realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa en las distintas actividades analizadas.

(Dictamen 7/24)