DICTAMEN 14/25 DE 19 DE DICIEMBRE
SOBRE EL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LAS AYUDAS PARA
LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y
LABORAL.
El 4 de diciembre de 2025 tuvo entrada
en el Consejo Económico y Social Vasco escrito del Departamento de
Bienestar, Juventud y Reto Demográfico solicitando informe sobre el
“Proyecto de
Decreto por el que se regulan las ayudas para la conciliación de la
vida personal, familiar y laboral”, según lo establecido en el artículo 3.1 de la
Ley 8/2012, de 17 de mayo, del Consejo Económico y Social
Vasco.
La norma que se nos consulta tiene por
objeto, según se expone en su artículo 1, regular las ayudas que,
en el marco de la política de conciliación de la vida personal,
familiar y laboral, otorgará el Gobierno Vasco, a través del
departamento competente en materia de infancia, adolescencia y
familias. Las tres categorías recogidas son: Ayudas a personas
trabajadoras en excedencia laboral para cuidar a persona menor de
tres años o que tengan reducción de jornada laboral para cuidar a
persona menor de doce años; ayudas a personas trabajadoras en
excedencia laboral o con reducción de jornada laboral para cuidar a
familiares dependientes o en extrema gravedad sanitaria; ayudas
para sufragar las cotizaciones a la Seguridad Social por contratar
a personas para cuidar a persona menor de 14
años.
De manera inmediata fue enviada copia
del documento a todos los miembros del Pleno del Consejo a fin de
que remitieran sus propuestas y opiniones y dar traslado de estas a
la Comisión de Trabajo pertinente, según lo establecido en el
Reglamento de Funcionamiento del Consejo Económico y Social
Vasco.
El
16 de diciembre de 2025 se reúne la Comisión de Desarrollo
Social y, a partir
de los acuerdos adoptados, se formula el presente Proyecto de
Dictamen para su elevación al Pleno del Consejo donde se aprueba
por unanimidad.
(Ver dictamen 14/25
completo)