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DICTAMEN 14/25 DE 19 DE DICIEMBRE SOBRE EL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LAS AYUDAS PARA LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL.

El 4 de diciembre de 2025 tuvo entrada en el Consejo Económico y Social Vasco escrito del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico solicitando informe sobre el “Proyecto de Decreto por el que se regulan las ayudas para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral”, según lo establecido en el artículo 3.1 de la Ley 8/2012, de 17 de mayo, del Consejo Económico y Social Vasco.

La norma que se nos consulta tiene por objeto, según se expone en su artículo 1, regular las ayudas que, en el marco de la política de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, otorgará el Gobierno Vasco, a través del departamento competente en materia de infancia, adolescencia y familias. Las tres categorías recogidas son: Ayudas a personas trabajadoras en excedencia laboral para cuidar a persona menor de tres años o que tengan reducción de jornada laboral para cuidar a persona menor de doce años; ayudas a personas trabajadoras en excedencia laboral o con reducción de jornada laboral para cuidar a familiares dependientes o en extrema gravedad sanitaria; ayudas para sufragar las cotizaciones a la Seguridad Social por contratar a personas para cuidar a persona menor de 14 años.

De manera inmediata fue enviada copia del documento a todos los miembros del Pleno del Consejo a fin de que remitieran sus propuestas y opiniones y dar traslado de estas a la Comisión de Trabajo pertinente, según lo establecido en el Reglamento de Funcionamiento del Consejo Económico y Social Vasco.

El 16 de diciembre de 2025 se reúne la Comisión de Desarrollo Social y, a partir de los acuerdos adoptados, se formula el presente Proyecto de Dictamen para su elevación al Pleno del Consejo donde se aprueba por unanimidad.

(Ver dictamen 14/25 completo)