DICTAMEN
2/26 DE 24 DE ABRIL, SOBRE
EL PROYECTO DE DECRETO POR
EL QUE SE REGULAN LOS PROGRAMAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA
EMPLEABILIDAD DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DE LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE EUSKADI Y EL REGISTRO VASCO DE CENTROS ESPECIALES
DE EMPLEO
El 23 de marzo de
2026 tuvo entrada en el Consejo Económico y Social Vasco
escrito del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo
solicitando informe sobre el “Proyecto
de Decreto por el que se regulan los programas y servicios
relacionados con la empleabilidad de las personas con discapacidad de
la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Registro Vasco de
Centros Especiales de Empleo”,
según lo establecido en el artículo 3.1 de la Ley
8/2012, de 17 de mayo, del Consejo Económico y Social Vasco.
La norma que se nos
consulta tiene por objeto, según se expone en su artículo
1, regular los programas de subvenciones y servicios relacionados con
la empleabilidad de las personas con discapacidad que podrá
otorgar el Gobierno Vasco, a través de Lanbide-Servicio
Público Vasco de Empleo, con la finalidad de promover el
acompañamiento y acceso a la actividad laboral estable y de
calidad, así como el mantenimiento en el empleo de las mismas.
Asimismo, es objeto de este Decreto la regulación del Registro
Vasco de Centros Especiales de Empleo. Específicamente, se
busca adaptar a los últimos cambios normativos el vigente
Decreto 152/2023, de 17 de octubre.
De manera inmediata
fue enviada copia del documento a todos los miembros del Pleno del
Consejo a fin de que remitieran sus propuestas y opiniones y dar
traslado de estas a la Comisión de Trabajo pertinente, según
lo establecido en el Reglamento de Funcionamiento del Consejo
Económico y Social Vasco.
La Comisión
de Desarrollo Social se reúne los días 15 y 21 de abril
de 2026 y, a partir de los acuerdos adoptados, se formula el presente
Proyecto de Dictamen para su elevación al Pleno del Consejo,
donde se aprueba por mayoría.
(Ver
Dictamen 2/26 completo)