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DICTAMEN 2/26 DE 24 DE ABRIL, SOBRE EL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LOS PROGRAMAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA EMPLEABILIDAD DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y EL REGISTRO VASCO DE CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO

El 23 de marzo de 2026 tuvo entrada en el Consejo Económico y Social Vasco escrito del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo solicitando informe sobre el “Proyecto de Decreto por el que se regulan los programas y servicios relacionados con la empleabilidad de las personas con discapacidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Registro Vasco de Centros Especiales de Empleo”, según lo establecido en el artículo 3.1 de la Ley 8/2012, de 17 de mayo, del Consejo Económico y Social Vasco.

La norma que se nos consulta tiene por objeto, según se expone en su artículo 1, regular los programas de subvenciones y servicios relacionados con la empleabilidad de las personas con discapacidad que podrá otorgar el Gobierno Vasco, a través de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, con la finalidad de promover el acompañamiento y acceso a la actividad laboral estable y de calidad, así como el mantenimiento en el empleo de las mismas. Asimismo, es objeto de este Decreto la regulación del Registro Vasco de Centros Especiales de Empleo. Específicamente, se busca adaptar a los últimos cambios normativos el vigente Decreto 152/2023, de 17 de octubre.

De manera inmediata fue enviada copia del documento a todos los miembros del Pleno del Consejo a fin de que remitieran sus propuestas y opiniones y dar traslado de estas a la Comisión de Trabajo pertinente, según lo establecido en el Reglamento de Funcionamiento del Consejo Económico y Social Vasco.

La Comisión de Desarrollo Social se reúne los días 15 y 21 de abril de 2026 y, a partir de los acuerdos adoptados, se formula el presente Proyecto de Dictamen para su elevación al Pleno del Consejo, donde se aprueba por mayoría.

(Ver Dictamen 2/26 completo)